Sobre las devoluciones por cobros indebidos de Hacienda

En la última década, Hacienda ha devuelto 5.450 millones de euros por cobros indebidos a contribuyentes en España. Desde el 2015 se ha visto una tendencia hacia el alza en estos débitos incorrectos, que deben ser reembolsados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Pilas de monedas doradas con flechas hacia arriba superpuestas.

Hacienda reembolsa miles de millones por cobros indebidos a contribuyentes españoles.

Franco aumento de los cobros indebidos de Hacienda

Cada año el Ministerio de Hacienda incurre en cobros indebidos a los contribuyentes. Este tipo de circunstancias conlleva la devolución del importe, que debe acreditarse en el mismo año fiscal en la cuenta correspondiente.

Resulta llamativo que, en los últimos 10 años, los cobros de Hacienda dentro de esta categoría hayan aumentado tanto. En 2015, el reembolso había sido de 347 millones de euros; para el 2024, el valor llegó a los 1.186 millones. Se trata de una suba que casi alcanza al 842%.

Esto crecimiento no ha sido de forma escalonada ni constante, aunque sí se puede rastrear en la tendencia general de las devoluciones de Hacienda. De hecho, en 2016 se vio un leve descenso en este índice, cuando el Ministerio reembolsó 280 millones de euros, la cifra más baja de toda la década.

Sin embargo, en 2017 y 2018 se volvería a ver un crecimiento. Los reembolsos fueron de 395 y 420 millones de euros respectivamente. Los próximos años sería de descenso: 388 millones en 2019 y 378 millones en 2020. En 2021, nuevamente se vio un alza, que representó una disparada de los cobros, al llegar a los 682 millones al año.

La década se completa con los 703 millones de euros de 2022, la baja a los 660 millones en 2023, y el máximo histórico de 1.186 millones en 2024. Con esto, en 10 años se vieron reembolsos equivalentes a 5.450 millones de euros. Teniendo en cuenta este desarrollo histórico, los especialistas aguardan por las devoluciones de Hacienda correspondientes a 2025.

¿Qué son los cobros de Hacienda y por qué se devuelven?

Puntualmente, estos reembolsos representan cualquier tipo de cobro incorrecto, como puede ser un pago duplicado por algún procedimiento administrativo, rectificaciones en las retenciones, o sentencias judiciales mal calculadas. Señalan un error del aparato público, y por lo tanto son una suerte de crédito en favor de los contribuyentes afectados.

El estudio de estas irregularidades está a carga de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Cabe destacar que, al tratarse de un derecho de los contribuyentes, las demoras en las devoluciones de Hacienda están sujetas a intereses, que deben ser reclamados.

Estos cobros indebidos exponen la enorme asimetría de poder entre el aparato fiscal y los contribuyentes, quienes, en última instancia, están en manos de las decisiones de la AEAT. Mientras que Hacienda tiene la capacidad de realizar cobros automáticos según sus propios cálculos, los contribuyentes deben someterse a procesos que pueden durar meses y meses.

Además, estos reembolsos no incluyen posibles estafas sufridas por la ciudadanía, como la suplantación de la identidad. En esos casos, se debe elevar la denuncia a través del portal online de la AEAT y esperar su resolución.

Otros tipos de devoluciones de Hacienda

Los casos señalados corresponden exclusivamente a los cobros indebidos de Hacienda. Sin embargo, existen otras devoluciones que se tramitan desde el Ministerio. La más conocida es la que atañe a las campañas de la renta, en la que se paga la diferencia que corresponda por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Según la web de Hacienda, el año pasado se devolvieron 13.094 millones de euros a 15.611.000 personas. Los montos se transfieren por cuenta bancaria, en el período de los primeros 6 meses tras el cierre del ejercicio fiscal. Si el plazo no se cumple, el Ministerio puede pagar intereses.

Una tercera forma de devolución impositiva se da cuando las personas físicas o jurídicas pagan un exceso en algún tipo de impuesto, como puede ser el IVA, el impuesto a las Sociedades o el impuesto a los no residentes (IRNR). En esos casos es indispensable iniciar la solicitud mediante el portal de la AEAT.

Jerónimo Corregido – Estafa.info – Editor jefe de la sección de noticias
Mucha atención con los cobros de Hacienda: podría haber un excedente en los impuestos que se deben tramitar.